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ESPECIAL EL CORREO

Vivienda: adquisición e inversión

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS: Derechos y obligaciones de los propietarios

8.1. Derechos sobre sus elementos privativos

- Usar y ceder el uso de su vivienda, sin impedir que otros propietarios ejerzan el mismo derecho
- Hacer obras o reformas, siempre que no menoscabe o altere la seguridad del edificio o perjudique los derechos otros copropietarios
- Enajenar o gravar la vivienda
- Alquilar o ceder en usufructo la vivienda a terceras personas, informando a estas sobre las actividades prohibidas en los Estatutos de la Comunidad
- División del piso, siempre con el consentimiento de los titulares afectados y la aprobación, por unanimidad, de la Junta de Propietarios


8.2. Derechos respecto a los elementos comunes

- Facultad de usar y disfrutar, sin perjudicar al interés común ni impedir a los copropietarios igual derecho
- Facultad de exigir el funcionamiento de los servicios y la reparación de los elementos comunes
- Facultad de exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras requeridos para la conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble
- Facultad de participar en las ventajas de una innovación, abonando su cuota en los gastos de realización y mantenimiento
- Facultad de intervenir en la administración y gestión de la Comunidad


8.3.Obligaciones sobre sus elementos privativos

- Conservar y responder de los daños en términos que no perjudiquen a la Comunidad y resarcir de los daños que pudiera ocasionar por su descuido
- Hacer un uso adecuado de las instalaciones y evitar que se causen daños o desperfectos
- Consentir reparaciones, con resarcimiento por parte de la Comunidad, de los daños y perjuicios ocasionados
- Permitir la entrada a su vivienda a la Comunidad, los operarios designados u otro propietario para reparar, conservar o realizar instalaciones generales
- No realizar actividades prohibidas en los Estatutos
- Observar el cuidado debido en el uso de elementos comunes y en sus relaciones vecinales, respondiendo ante los vecinos por las infracciones y daños que cause
- Comunicar al Secretario su domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones relacionadas con la Comunidad
- Comunicar el cambio de titularidad del piso


8.4. Obligaciones respecto a los elementos comunes

- Respetar, mantener y usar adecuadamente los elementos comunes
- No realizar modificación alguna en esos elementos (si fuese urgente la necesidad de reparaciones el propietario deberá comunicárselo al Administrador)
- Contribuir a los gastos generales y tener al corriente las deudas comunitarias
- Contribuir a la dotación del Fondo de Reserva, con arreglo a su respectiva cuota de participación


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